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Se congelan los desalojos a nivel nacional dictaminan los CDC para prevenir los contagios de coronavirus

La moratoria estará vigente desde el 4 de septiembre y dura hasta el 31 de diciembre.
(Christina House / Los Angeles Times)

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) detienen temporalmente los desalojos de algunos estadounidenses que luchan por pagar su alquiler.

La administración de Donald Trump le da ese poder hasta finales del año para prevenir los contagios de coronavirus. El mandato llega de las órdenes ejecutivas y memorandos que el presidente firmó en agosto.

De acuerdo con los Centros para el Control de Enfermedades, CDC), ambos causan fiebre y tos, y ambos pueden provocar neumonía.

Deborah Thrope, subdirectora del Proyecto de Ley Nacional de Vivienda, dijo en respuesta que “el acceso a la vivienda es fundamental para detener los efectos del coronavirus. Con entre 30 y 40 millones de personas actualmente en riesgo de ser expulsadas de sus hogares, las acciones de los CDC protegerán a las familias de la falta de casa y la inestabilidad de la vivienda, que es un peligro para todos”.

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  • La Casa Blanca dijo que la orden se aplicará a los estadounidenses que califiquen para pagos directos bajo la Ley CARES, que cubre a las personas que ganan menos de $99.000 al año.
  • Las personas también tendrán que demostrar que han hecho esfuerzos para obtener ayuda del gobierno para los pagos de su alquiler, declarar que su incapacidad para pagar se debe a dificultades financieras debido al Covid-19 y que probablemente se quedarían sin hogar si fueran desalojados.
  • La moratoria estará vigente desde el 4 de septiembre y dura hasta el 31 de diciembre.

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  • Se aplica a todos los inquilinos que presenten una declaración firmada a sus propietarios; la declaración requiere que el inquilino declare que: (i) sus ingresos son menores a $99.000, no tuvieron que pagar impuesto sobre la renta en 2019 o recibieron un cheque de estímulo; (ii) no pueden pagar el alquiler debido a la pérdida de ingresos o gastos médicos extraordinarios de su bolsillo; (iii) se quedarían sin hogar o necesitarían duplicarse si fueran desalojados; (iv) seguirán realizando pagos parciales (“haciendo todo lo posible para realizar pagos parciales oportunos que estén tan cerca del pago total como lo permitan las circunstancias de la persona, teniendo en cuenta otros gastos no discrecionales”).

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  • Se aplica siempre que no exista una moratoria estatal más protectora.
  • Se aplica a los desalojos por falta de pago del alquiler; existen sanciones penales por infracciones.

“Nada en esta Orden impide cobrar o cobrar tarifas, multas o intereses como resultado de la falta de pago del alquiler u otro pago de la vivienda de manera oportuna, según los términos de cualquier contrato aplicable”, dice la orden.

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