BECOMING Legal: Guia para la nueva ley de inmigracion : Preguntas Comunes
La ley de inmigracion ha suscitado muchos interrogantes; algunos son sencillos; otros, complejos y tecnicos. En una entrevista concedida en su despacho, Mari t a Hernandez, de The Times, planteo l as preguntas mas frecuentes a William King, director del programa de legalizacion del distrito de Los Angeles.
P: Supongamos que yo soy extranjera. Si no tengo pruebas de mis primeros anos en el pais, puedo hacer algo para arreglarlo?
R: La ley dice que uno tiene que haber residido aqui ilegalmente desde el 1 de enero de 1982. Si dicen que no tienen prueba de esos primeros anos, a mi me resulta dificil creerlo porque se pueden encontrar rastros de papel de una u otra forma, limitados unicamente por la imaginacion del interesado.
Si estuvieron aqui durante esos anos y trabajaron, pongamos por caso, en una industria clandestina, todavia vivieron en algun sitio. Tuvieron una direccion. Tuvieron un casero. Fueron a la iglesia. Al doctor. Quiza tuvieron hijos. Habia records escolares.
Para los ninos que fueron a la escuela, hay muchas maneras de demostrar la residencia durante ese periodo. No me canso de repetir que no buscamos la manera de denegar las solicitudes. Buscaremos la forma de aprobarlas.
Hay varios medios para demostrar la residencia, como declaraciones juradas de los vecinos, de amigos, antiguos empleadores, clerigos. Records dentales, medicos. Licencias de manejar. La gama es ilimitada.
P: Se veria mi elegibilidad comprometida si use un numero de la Seguridad Social fraudulento?
R: No. No nos importa que nombres usaron en el pasado ni por quien se hacian pasar. Lo unico que tienen que hacer es demostrar su presencia fisica aqui. Su residencia continua, por cualquier medio.
P: Como puedo obtener prueba de empleo de una antiguo empleador que no mantenia records y me pagaba por debajo de la mesa?
R: De nuevo, eso tendria que ser por medio de una declaracion jurada. No hay otro medio. Una cosa que quiero enfatizar es el aspecto de confidencialidad del proceso de solicitudes. Nadie debe temer que algun dato de la solicitud sea puesto a disposicion de otras agencias del Gobierno ni de nuestros propios investigadores o encargados de hacer cumplir la ley para otros objetivos.
P: Se expondria el empleador a tener que pagar impuestos si da una carta al empleado?
R. No. En absoluto. No se expondra porque la informacion contenida en la solicitud no esta al alcance de nadie.
P: Puedo hacer algo si un antiguo empleador se niega a darme la prueba?
R: No tenemos los medios de obligar a un empleador a dar la informacion necesaria.
P: Supongamos que no he declarado nunca mis impuestos. Afectara eso a mi elegibilidad? Tendre que pagar los impuestos atrasados?
R: No para la residencia temporal. No. La informacion sometida en la solicitud de la residencia temporal, como hemos dicho, es completamente confidencial y no afecta la solicitud de residencia temporal.
Afectara, sin embargo, a la residencia permanente. Cuando alguien solicita la residencia permanente, tiene que demostrar que pago impuestos en los tres anos anteriores. Por eso puede afectar entonces, pero no para la residencia temporal.
Una cosa que hay que recordar es que uno tiene un periodo de dieciocho meses de residencia temporal en los que tendran que pagar impuestos. Asi que de lo que estamos hablando es que podrian tener que pagar los impuestos atrasados por otro ano y medio.
P: Supongamos que soy madre soltera de hijos nacidos en Estados Unidos y que percibimos ingresos suplementarios de Ayuda para Familias con Hijos Dependientes (AFDC). Me descalifica eso para la legalizacion?
R: No creemos que sera descalificador, pero tendriamos que examinarlo despues porque esta relacionado con las posibilidades de “carga publica” por parte del padre/madre. Si se demuestra, por ejemplo, que el solicitante no es capaz de mantenerse a si mismo y a su familia, entonces se invocara el aspecto de “carga publica” de la ley. En otras palabras, la intencion del Congreso es que todos los que se legalicen se mantengan a si mismos.
Quiero agregar que no nos sentimos inclinados a mirar hacia atras. Recuerde: perspectiva y no retrospectiva en todo momento. Vamos a examinar las posibilidades de futuro mas que su pasado. Si estan empleados ahora y demuestran aunque sea una corta historia de empleo, de capacidad de mantenerse a si mismos, eso suplantara a cualquier recibo de ayuda publica (welfare) del pasado.
P: Que sucede si fui condenado por algun delito en mi pais de origen, pero fue un delito politico resultado de persecucion politica?
R: Es una pregunta muy dificil. Si cabe dentro de la definicion de delito, en eso caso yo diria que esa persona seria privada de obtener la residencia temporal o del privilegio de la residencia permanente. El aspecto politico que usted incluyo es algo que se podia discutir despues.
P: Estoy descalificada si he sido deportada del pais o he salido voluntariamente despues del arresto?
R: No necesariamente por salida voluntaria, pero si definitivamente si salio por orden de deportacion.
P: Ya he solicitado la residencia permanente bajo la vieja ley de inmigracion, deberia solicitar ahora la amnistia bajo la nueva ley?
R: Eso es decision personal. Si esta (la amnistia) les cae y les fuera mas rapida, en ese caso yo los animaria. Si han estado aqui ilegalmente y reunen todos los requisitos, bien. El registro es otra salida si han estado aqui desde el 1 de enero de 1972. Asi que es una decision dificil. Tiene pros y contras. Por ejemplo, si estan casados con un residente permanente, creo que los atrasos en los casos de segunda preferencia llegan hasta 1977, es una espera bastante larga. Pero, si se trata de un soltero sin mayores problemas, seria otra cosa, porque la amnistia seria un camino mas simple y eliminaria una posible larga espera. La desventaja en este caso es que esta el periodo de residencia temporal.
P: Me conviene pedir ayuda de un abogado, de un consultor en asuntos de inmigracion o de un notario publico para solicitar la legalizacion?
R: Como usted sabe, hemos aprobado una larga lista de organizaciones que califican como entidades designadas.
Pero hay casos en que, sin duda, seria beneficiosa al solicitante la ayuda de un abogado y nuestra unica preocupacion es que los que van a solicitar la amnistia no sean estafados por unos pocos, tanto si son abogados, consultores, notarios publicos o lo que sean.
Nos damos cuenta de que tenemos un problema de imagen y que es dificil que cualquiera que haya estado los ultimos seis o siete anos tratando de tenernos lejos se diga “puedo entrar manana y nadie me va a hacer nada.” Pero nuestra primera preocupacion es que nadie sea explotado en este proceso.
P: Si a mi empleador no le convence el proceso de autocertificacion, puedo obtener un permiso de trabajo del INS o que otra cosa puedo hacer?
R: No. Y no hay necesidad de hacerlo. En absoluto. Se ha dado una extension, como usted sabe. Cualquiera que diga que es elegible para la legalizacion y comunique a su empleador que solicitara la legalizacion antes del 1 de septiembre, puede trabajar y el empleador no tiene que temer penas de nosotros. Pero no estamos en condiciones de conceder permisos de trabajo antes de que se haga la solicitud.
P: Una afirmacion que se oye a los indocumentados es: “Mi empleador no me cree. No conoce las ultimas disposiciones sobre la autocertificacion.”
R: Estamos haciendo todo lo que podemos. Hemos tenido por todas partes conferencias sobre la legalizacion de los empleados. Hacemos todo lo que podemos para convencer al empleador que ahora no tiene problemas. No vamos a ir ahora a un ritmo fuerte de aplicacion de la ley y queremos que lo sepan. Queremos educar por encima de hacer cumplir la ley.
P: Donde puedo acudir para presentar quejas por discriminacion si se me niega trabajo o soy despedido a pesar de calificar para la amnistia?
R: La ley dispone la creacion de la oficina del abogado especial en el departamento de Justicia y esa oficina tiene la responsabilidad de investigar y procesar las acusaciones de discriminacion. No cae bajo nuestra jurisdiccion.
Sin embargo, en esta region tenemos lo que llamamos oficial de practicas de justicia en el empleo y su mision es la de hacer de intermediario entre el empleador y el empleado. Cuando alguien crea que ha sido despedido por discriminacion o el empleador tema que se va a ver en problemas, hemos estimulado a ambas partes a contactar al oficial de empleo justo para que haga de conciliador entre las partes.
Hemos recibido muchas quejas de despidos masivos por discriminacion y en solo un caso hemos determinado que hubo despido y resulto no estar relacionado con la nueva ley. El caso ocurrio en Modesto donde se decia que un empledor habia despedido a varios trabajadores. Nuestro oficial fue y hablo con ambas partes. Termino en una solucion amigable y creo, un mejor ambiente en aquella zona porque hizo que los empleadores comprendieran mejor la ley.
P: Que ocurre si yo califico para la amnistia, pero no mi marido o mis hijos?
R: Es una cuestion dificil, pero el Congreso no la tuvo en cuenta cuando hizo la ley. Nosotros no estamos en posicion de expandir la ley en nuestras normas. Y pueden darse casos en que motivos humanitarios pidan que una persona, un nino por ejemplo, no sea separada. Pero cada caso debe resolverse por sus meritos y, si bien somos sensibles ante el problema, no podremos hacer mucho. Es algo que seguramente requerira remedio legal.
Dejeme explicarlo de esta manera. Si un miembro que califica hace la solicitud sabiendo que otros miembros de su familia no van a calificar, nosotros no vamos a salir a la caza de los ninos o de los miembros de la familia que no califican. Nosotros vamos a centrarnos en la industria.
Se nos esta atacando por esto, pero no esta solucionado en la ley.
P: Que aconsejaria usted hacer a la gente?
R: Lo unico que puedo decirles es que, si califican para la legalizacion, que la soliciten. Los miembros que no califican estan sujetos a arresto y a deportacion, pero las probabilidades de deportacion real son ligeras. Asi que lo que tendrian en realidad seria un residente ilegal que enfrentaria los mismos riesgos que hoy en dia.
P: Si no estoy segura calificar, deberia solicitar la legalizacion de todos modos o correr el riesgo de ser deportada?
R: No. Seguro. Cualquiera que tenga la mas ligera probabilidad de calificar deberia hacer la solicitud. Quiero dejar bien claro que, si por una razon u otra, se descubre en la entrevista de legalizacion que esa persona es legalmente inelegible, podra salir libre (de la entrevista).
Esto no es una trampa. Hemos establecido 36 oficinas separadas y lejos de las instalaciones actuales del INS (en la region occidental). No habra agentes para hacer los arrestos en estas oficinas y, si se determina que una persona no califica, si la volvemos a ver sera por pura casualidad. Sera si es empleada ilegal de algun lugar. Podriamos descubrirla en una visita a alguna fabrica o rancho. Pero es libre de salir (del centro de procesamiento del INS).
P: Tengo una pregunta que, estoy segura, otros estaran pensando: Por que me pide la solicitud de amnistia que de los nombres y domicilios de todos mis parientes y si eso les hara correr algun peligro?
R: Muchos hacen esa misma pregunta. La respuesta es: puramente estadisticas y demografia. Nuestra oficina central esta haciendo un estudio de la poblacion para determinar cuaales son los grupos y donde se concentran. De ninguna manera representa miedos innecesarios a la deportacion de otros miembros de la familia. No usaremos esa informacion.
Creo que un elemento importante que hay que considerar es que cualquiera de nosotros que usara esa informacion se expondria a penas criminales. Podriamos ir a la carcel por usar esa informacion por cualquier otro motivo y no creo que encontrara a ningun agente de inmigracion dispuesto a correr el peligro. Simplemente no vale nuestras carreras, nuestras vidas.
Me considero mas cualificado que algunos de los que proclaman que defienden a los ilegales para decir que se necesita un programa de legalizacion. Porque he visto como los han explotado en el correr de los anos y porque lo he visto mas profundamente que seguramente ninguno de los que ahora estan en posicion de querer defenderlos. He visto el asesinato, la violacion, el robo. He visto la asfixia en las cajuelas de los autos. He visto a gente abandonada en camiones en medio del desierto en 110 grados de temperatura. Cerrados para asfixiarlos. He visto familias separadas. He visto a contrabandistas dejar a ninos pequenos cerca de la frontera en la noche simplemente porque un nino podria hacer demasiado ruido.
P: Una ultima pregunta. Que seguridades puede dar usted a los solicitantes temerosos del INS -y usted sabe que les temen- de que la ley se aplicara generosamente y no dara por resultado las deportaciones masivas que muchos se temen?
R: No habra deportaciones masivas, y, respecto a las seguridades, creo que nuestro comisionado regional las ha dado bien claras al decir que, no solo en esta region sino en todo el pais, cuando se acerque un solicitante buscaremos la forma de aprobar su solicitud mas bien que reprobarla. Ya le he dicho que no habra agentes de inmigracion en los centros de entrevistas, excepto en los casos raros donde detectemos solicitudes fraudulentas.
Una vez descubierto el fraude, el expediente estaria abierto para procesar... No creo que la familia estuviera en peligro. No puedo imaginarme ninguna otra situacion en que el expediente fuera usado para otra cosa que para procesar. Mas alla de eso, usar la solicitud para arrestar a los miembros de la familia, no concibo que suceda.
Usted me preguntaba que seguridades podemos dar a la gente (de que la ley sera aplicada generosamente), y yo creo que una seguridad para la gente es que, los que puedan esperar, esperen a ver lo que hacemos. Nuestro ejemplo es una buena seguridad. Cuando vean durante u mes o dos a gente obteniendo la residencia temporal creo que el publico se sentira mas confortable. No todos tienen esa opcion (de esperar). Hay muchos que tienen que presentar la solicitud en los primeros treinta dias y, francamente, tienen que solicitarla o nosotros los sacaremos del pais, si no la solicitan. No tienen mas remedio que hacerlo.