La Suprema Corte de México mantiene penalización a la posesión de marihuana
México — La Suprema Corte de Justicia de México desechó hoy un proyecto de sentencia que proponía la legalización de la posesión simple de marihuana por arriba de los cinco gramos establecidos por la Ley General de Salud vigente en el país.
El proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, de la Primera Sala, proponía amparar a una persona por el delito de posesión simple de narcóticos señalado en el artículo 477 de la Ley de Salud, que lo penaliza con cárcel de diez meses a tres años.
Dicho artículo es “inconstitucional, ya que transgrede el derecho al libre desarrollo de la personalidad”, señalaba el proyecto que ha sido desechado por la mayoría de los ministros, indicó la Corte en un comunicado.
De acuerdo con la Ley de Salud vigente, las autoridades no ejercen acción penal por el delito de posesión simple contra el drogodependiente o consumidor si la cantidad que tienen en posesión no excede los cinco gramos en el caso de la marihuana.
La Corte precisó que la ley califica como delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo la posesión de narcóticos no obstante que no estén destinados a ser comercializados o entregados de manera gratuita.
Esta decisión de la Corte contrasta con el amparo que otorgó en julio pasado para comprar o importar semilla de marihuana en beneficio de tres ciudadanos que ya tienen autorización legal para el uso lúdico de la droga.
En 2015, la Corte declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso recreativo de la hierba recogida en la Ley General de Salud, al otorgar un primer amparo en favor de cuatro personas, y en abril y junio de 2018 otorgó un segundo y un tercer amparos sobre el mismo tema.
De acuerdo con la ley mexicana, se requiere que la Corte otorgue cinco amparos para crear jurisprudencia y fijar un criterio legal que permitiría legislar sobre el consumo de marihuana con fines lúdicos en el país.